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Ley de extinción de dominio.

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Cuando un inquilino ocupa tu inmueble como instrumento para realizar actividades ilícitas o de crimen organizado, tu inmueble puede ser incautado por el gobierno, apoyándose jurídicamente en la Ley de Extinción de Dominio, la cual prevé el proceso para adjudicarse una propiedad cuando haya sido utilizada para los fines descritos.

En el artículo 22 de la Constitución, podemos encontrar que México otorga la protección jurídica en relación con penas inusitadas y trascendentales; haciendo esta referencia a aquellas penas o sanciones que por su magnitud pueden llegar a afectar de manera irremediable nuestra esfera jurídica.

Imaginemos: Usted es propietario de una casa, la autoridad competente, decide confiscarla ya que sospecha de que usted se encuentra relacionado con hechos delictivos. La normativa permite que su propiedad sea puesta en venta incluso 6 meses antes de que se empiece un procedimiento penal o en el caso de que exista ya un procedimiento se podrá poner en venta incluso antes de que se condene la comisión de un delito comprobado. Ahora bien, imaginemos que pasa un año desde la confiscación, y usted resulta inocente, esperando el retorno de los bienes, pero ya perdió su propiedad; lo único que podrá tener es una “compensación” por el tiempo perdido y la propiedad que le quitaron.

Esta Ley incluso contempla la Extinción de Dominio para aquellos bienes que, si bien fueron utilizados para la comisión de un delito, no pertenecen a los delincuentes.

El objetivo principal de la Ley de Extinción es fundamental para poder darle un golpe al crimen, al tener la posibilidad de quitarles los bienes con los cuales pueden seguir delinquiendo; esta falta de limitantes ocasiona que pueda llegar a ser perjudicial para las personas incorrectas.

Nuestra Póliza Extinción de Dominio se encarga de brindarte seguridad y confianza, al intervenir directamente para defender y recuperar tu inmueble, cuando las autoridades pretendan decomisarlo apoyados en la normatividad local y federal de extinción de dominio.

Servicios que incluye la póliza:

  1. Revisión e investigación de la propiedad en caso de que exista información o indicios sobre la comisión de algún delito.
  2. Presentación de Juicios y recursos procedentes para deslindar al propietario y al bien inmueble arrendado de la posible extinción de dominio.
  3. Atención y seguimiento de la carpeta de investigación en la cual se pretenda vincular a la propiedad con la comisión de un delito.
  4. Defensa y seguimiento tanto en el proceso inicial, así como en la ejecución de la extinción de dominio.

El costo de la Póliza Extinción de Dominio dependerá de la contratación de una póliza jurídica de arrendamiento.

Referencia: Forbes México.

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